ARGENTINA RATIFICA ACUERDO DE ESCAZÚ

“El mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es  con  la  participación  de  todos  los  ciudadanos  interesados,  en el nivel que corresponda…”                                             Principio 10 de la Declaración de Río 1992

Desde el  Área de Ambiente de Xumek queremos compartir la  profunda alegría con la que recibimos la ratificación por parte de Argentina del “Acuerdo de Acceso a la Información, Participación Pública y Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales”, conocido como el Acuerdo de Escazú. 

Este acuerdo fue propuesto por la CEPAL en 2018, y está inspirado en la Convención de Aarhus de 1998 que garantiza el acceso a la información, la participación ciudadana y el acceso a la justicia en todo lo que concierne las cuestiones ambientales en los países europeos. El Acuerdo de Escazú da un paso más y cuenta con un cuarto pilar fundamental dedicado a la garantía de protección de lxs defensores de derechos humanos y ambientales. 

Recordemos que la región latinoamericana es una de las más peligrosas para las personas defensoras del ambiente, quienes están en la primera línea en la protección de los territorios y los bienes comunes. Solo en 2019, de acuerdo al último informe de Global Witness, 212 personas fueron asesinadas en su labor de defensa a nivel mundial, y más de dos tercios de esos asesinatos ocurrieron en América Latina. Entre las principales actividades más letales para los defensores se encuentran la minería, seguida por la tala y el agronegocio.

Argentina es el décimo país en ratificar este tratado, y sólo falta la ratificación de un undécimo país para que el tratado entre en vigencia. Con 240 votos positivos, 4 negativos y 2 abstenciones, es importante resaltar que tal mayoría dota al Acuerdo de Escazú de rango constitucional. 

Dicho instrumento se convierte así en la  herramienta fundamental para la protección del derecho humano a un ambiente sano en todo el país, y es la base de toda la estructura de defensa del derecho ambiental.   Esta ratificación implica un acercamiento y reconocimiento a las demandas de  la ciudadanía, otorgando herramientas para que la sociedad civil y los movimientos “ambientalistas” puedan llevar a cabo sus acciones de defensa. 

¿Qué se entiende por información, participación y acceso a la justicia en materia ambiental, sin olvidar la necesaria protección de los defensores de derechos humanos y ambientales?

  • Información ambiental:  implica el derecho humano de todos los ciudadanos a acceder a una información suficiente, clara y fehaciente, y la correlativa obligación de los organismos del Estado de brindar toda información de la que dispongan. La información versa sobre  las características de eventuales proyectos o políticas públicas y las consecuencias o peligros que estos pueden acarrear sobre la salud o el ambiente en las comunidades. Una de las fuentes de información, es por ejemplo, el acceso a los estudios de impacto ambiental.  
  • Participación pública: Garantiza la oportunidad de toda la ciudadanía de participar   en los procesos de adopción de decisiones.  Implica ante todo el acceso previo a la información, como garantía de una participación libre, previa e informada, anterior a la toma de decisiones. Su forma puede darse a través de audiencias públicas, consulta ciudadana, referéndum, entre otras.
  • Acceso a la justicia:  garantiza el acceso efectivo a los procedimientos judiciales y administrativos, entre éstos el resarcimiento de daños y los recursos pertinentes, sobre todo cuando los derechos humanos de acceso a la información y a la participación han sido vulnerados.
  • Protección de defensores y defensoras de derechos humanos en asuntos ambientales: La defensa de los derechos humanos es un derecho humano en sí mismo y la protección de los defensores es la garantía necesaria para su pleno ejercicio. Este punto fue planteado debido al peligro constante que corren estas personas en toda la región. El Acuerdo de Escazú compromete a la Argentina a implementar o fortalecer las medidas existentes para proteger a las personas defensoras de derechos humanos, como también prevenir, sancionar e investigar acciones en contra del ejercicio de defensa.

Esta ratificación es un motivo de festejo para toda la ciudadanía, que ve garantizados los derechos humanos a la información y a la participación en la toma de decisiones con incidencia en la salud y el ambiente. Esperamos que este sea un impulso para la cooperación, la escucha y el diálogo genuino.

Bregamos porque se contagie en toda la región, generando conciencia ambiental, resguardo a la vida y respeto de las generaciones futuras.

Acción Global: por un Aborto Legal, Seguro y Gratuito

Cada 28 de septiembre se conmemora el Día de Acción Global por un Aborto Legal, Seguro y Gratuito. El mismo, parte del V Encuentro Feminista Latinoamericano y del Caribe celebrado en Argentina en 1990. Allí, la Asamblea del Movimiento Feminista Latinoamericano decidió declarar la jornada como el día por la Despenalización y Legalización del Aborto.

En el encuentro, se tomo consideración de las complicaciones que lleva el aborto inseguro y clandestino, ya que constituye la primera causa de mortalidad de las mujeres y cuerpos gestantes en muchos de los países de latinoamerica. 

El pedido de aborto legal, seguro y gratuito es uno de los reclamos centrales de los movimientos de mujeres en la Argentina. La Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito lucha desde hace 15 años por la legalización, y desde entonces no ha parado en presentar proyectos sobre la legalización del aborto al Congreso de la Nación; en el 2019 se presentó por octava vez un nuevo proyecto con algunas modificaciones. El armado del mismo, como cada vez que se presenta, es un texto que se trabaja y consensua de manera transversal y federal por las más de 700 organizaciones que integran la Campaña.

En Argentina, el aborto está penado por ley en casi todas las circunstancias, sin embargo, no es punible cuando el aborto es practicado por un médicx diplomadx con el consentimiento de la mujer o persona gestante embarazada, cuando:

Si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y si este peligro no puede ser evitado por otros medios.

Si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente. En este caso, el consentimiento de su representante legal deberá ser requerido para el aborto.

Su regulación se establece en el Código Penal vigente desde 1921. El Código anterior -1887- estipulaba sanciones a la práctica de interrupción del embarazo en absolutamente todos los casos, castigando el acto con la pena de prisión.

Por primera vez en la historia argentina y en la lucha de los feminismos, el Poder Ejecutivo trabajó sobre en un proyecto de ley para despenalizar y legalizar el aborto. El mismo fue realizado por un equipo integrado por la Secretaría Legal y Técnica, Vilma Ibarra, y expertas integrantes de los ministerios de Mujeres, Géneros y Diversidad y de Salud. Sin embargo, a raíz de la situación actual que atraviesa el mundo por el covid-19, las estructuras sociales, políticas y jurídicas se han visto modificadas, y todavía no se trata en el Congreso Nacional.

Desde el área de Género y Diversidad Sexual de Xumek nos unimos a la lucha de la Campaña y de las organizaciones feministas, y sostenemos que es necesaria y urgente la reglamentación de una ley sobre la despenalización y legalización del aborto. El aborto clandestino es un problema de salud pública, de justicia social y de derechos humanos de las mujeres y personas gestantes.

23 de septiembre: Primavera Revolucionaria

Cada 23 de septiembre se conmemora y celebra el Día Nacional de los Derechos Políticos de la mujer, la ley 23.592 que tipifica y sanciona todo acto discriminatorio, y el Día Internacional de la Visibilidad Bisexual. Desde el área de Género y Diversidad Sexual recorremos estos tres momentos históricos.

Durante la mitad del siglo XIX y principios del siglo XX se vivieron y se experimentaron diversos procesos sociales, económicos, políticos y jurídicos que transformaron a toda la sociedad provocando que en la actualidad las mujeres tengamos derecho al voto o que a ninguna persona se la discrimine por su orientación sexual. A su vez, estos representan antecedentes del siglo XXI en el cual se logra, en este caso, visibilizar la bisexualidad.

Así, por ejemplo, en el año 1988 se promulgó la ley 23.592 que tipifica y sanciona todo acto discriminatorio. La cual adoptó medidas para quienes arbitrariamente impidan el pleno ejercicio de los derechos y garantías fundamentales reconocidos en la Constitución Nacional.

En aquella época el Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en el Congreso sancionaron que “quien arbitrariamente impida, obstruya, restrinja o de algún modo menoscabe el pleno ejercicio sobre bases igualitarias de los derechos y garantías fundamentales reconocidos en la Constitución Nacional, será obligado, a pedido del damnificado, a dejar sin efecto el acto discriminatorio o cesar en su realización y a reparar el daño moral y material ocasionados”.

Así, se consideran actos discriminatorios particularmente aquellos que se expresen por motivos tales como raza, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo, posición económica, condición social o caracteres físicos.

En aquella época, si se realizaba una mirada general sobre los asientos del senado y de la cámara de diputados, sólo se observaba que quienes ocupaban esos lugares eran sólo varones. Sin embargo, arribaba el año 1947, y las cosas comenzaban a cambiar.

El derecho a acceder a las funciones públicas

En el año 1947 se promulgó la Ley 13.010, gracias a los movimientos feministas de la época y el impulso de María Eva Duarte. Dicha normativa, también conocida como Ley Evita, establece que las mujeres tienen los mismos derechos políticos y rigen para ellas la misma ley electoral que para los varones. Llegado el año 1997 en Argentina se declaró el 23 de septiembre como el día Nacional de los Derechos Políticos de la Mujer en conmemoración a esta ley.

Los derechos políticos están directamente asociados con la democracia y su reconocimiento está expresado en la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Dentro de ellos se incluyen el derecho al voto, el derecho a ocupar cargos de representación popular, a reunirse y/o asociarse, y a realizar peticiones ante las autoridades, afirma la socióloga María Alicia Gutiérrez, docente e investigadora de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos Aires.

La importancia que tuvo el ser sujetxs de derechos políticos también llevó a los movimientos feministas y disidentes a buscar el reconocimiento de sus derechos sociales y sexuales.

La bisexualidad existe y enriquece a la diversidad

Ubicadxs en California, Estados Unidos, pero de 1999, un 23 de septiembre se celebraba por primera vez el día Internacional de Visibilidad Bisexual -fecha que luego se expandió, y se conmemoró y celebró por todo el mundo-. La jornada se llevó a cabo gracias a tres activistas de la comunidad bisexual con el objetivo de visibilizar, reivindicar y celebrar la bisexualidad como una de las orientaciones sexuales que existe y enriquece a la diversidad de las relaciones humanas.

Este día es concebido como una respuesta a la invisibilidad, los prejuicios y la marginación de las personas bisexuales por parte de la sociedad en general e incluso de la comunidad LGTIQ. A causa del monosexismo, es decir, aquella imposición social que considera a las personas como homosexuales o heterosexuales exclusivamente y que promueve prejuicios hacia las personas bisexuales como hipersexuales, confundidas e indefinidas.

Desde el área de Género y Diversidad Sexual de Xumek, visibilizamos, celebramos y conmemoramos estos tres momentos -día nacional de los derechos políticos de la mujer, la ley 23.592 que tipifica y sanciona todo acto discriminatorio, y el día internacional de la visibilidad bisexual-  que fueron llevados a cabo en diferentes momentos de la historia, gracias a la lucha de los movimientos sociales, feministas y disidentes.

Foto: baring.com.ar

CONVERSATORIO: GÉNERO Y TORTURA

Desde Xumek deseamos invitarlxs a participar del Conversatorio «Género y Tortura». Se realizará el próximo jueves 1° de octubre a las 17:00 hs (ARG), mediante la plataforma Zoom. La participación de lxs concurrentes será mediante inscripción. Podés anotarte para asegurar tu lugar en el conversatorio ACÁ

Participarán especialistas en la materia, entre ellxs:


? Juan Méndez. Destacado abogado y activista, Relator Especial de la ONU Sobre Tortura, y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes 2010-2016. Redactor del Informe especial de este organismo del año 2016 cuyo eje fue la “aplicabilidad de la prohibición de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes en el derecho internacional a las experiencias propias de las mujeres, las niñas y las personas lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales”.


Teresa Fernández Paredes. Representante de la Organización Mundial contra la Tortura y especialista en Género y Tortura. La OMCT constituye actualmente la principal coalición internacional de organizaciones no gubernamentales (ONG) que luchan contra la tortura, las ejecuciones sumarias, las desapariciones forzadas y cualquier otro tratamiento cruel, inhumano o degradante. Ofrece asistencia individualizada de carácter médico, jurídico y/o social a cientos de víctimas de la tortura, y difunde cada día intervenciones urgentes por el mundo entero, con el objetivo de proteger a los individuos y de luchar contra la impunidad. Los programas específicos permiten aportar un apoyo a ciertas categorías particularmente vulnerables como las mujeres, los niños y los defensores de derechos humanos.


?Viviana Beigel. Abogada feminista, socia de Xumek. Presidenta de la Comisión de Género y Diversidad del Colegio de Abogados y Procuradores de la Provincia de Mendoza. Querellante particular en representación del MEDH en los Juicios por Delitos de Lesa Humanidad. Miembro de FrontLine, International Foundation for the Protection of Human Rights Defenders. Observadora internacional en Juicios a Defensores de Derechos Humanos. Autora del libro: La violencia de género en los delitos de lesa humanidad en la Argentina.

Se trata de una oportunidad única para dialogar con destacadxs profesionales en esta compleja y sensible temática.

¡Agendá! No te pierdas la oportunidad de formar parte de esta actividad con grandes invitadxs.

Seguí atento/a a nuestras redes para más información en los próximos días.

#Xumek2020

Migrantes senegaleses en Mendoza: el derecho a la identidad cultural

El Área de Movilidad Humana de Xumek lleva adelante un ciclo de entrevistas a miembros de distintas colectividades en Argentina para visibilizar el fenómeno migratorio como global, intercultural y fuertemente asentado en nuestro país. En esta ocasión: el colectivo senegalés. 

La noción de cultura incluye un montón de conocimientos, símbolos, hábitos y costumbres de diversa índole que constituyen la base de la identidad de cualquier conjunto de personas.  Hoy, guiados por sus protagonistas, te invitamos a hacer un recorrido por algunas de las colectividades que habitan nuestro país, para conocer la inmensa diversidad cultural que ha caracterizado históricamente a la comunidad argentina. 

Entrevistamos a Mourid Fall, representante de la colectividad senegalesa de Mendoza. 

Si bien el último censo registró un total de 2738 personas africanas, entre las cuales 459 eran de origen senegalés, la Asociación de Residentes Senegaleses en Argentina (ARSA) estima que actualmente hay 4000 personas africanas en todo el país. La mayoría de los migrantes son hombres que están concentrados sobre todo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y alrededores. No es casual que la mayoría de los migrantes sean hombres: en Senegal el varón es considerado el proveedor de la familia, así sea que trabaje en su país o que envíe remesas desde el exterior. La migración no está muy bien vista en el caso de las mujeres, a menos que sea llevada adelante para acompañar a un hombre.

Mourid vive en la provincia de Mendoza desde hace 11 años y se dedica al comercio. Con respecto a su cultura, nos manifestó que siente que no es muy conocida dentro de nuestro país y que tampoco ha notado demasiado interés por parte de los argentinos por conocerla. “Al llegar aquí no encontré ninguna comida o lugar cultural que me hiciera acordar a mi país, aunque religiosamente la mezquita de la calle San Martín sí lo hizo”. Es que más del 90% de la población senegalesa profesa la religión musulmana, y también es el caso de muchos de ellos que se radican en esta provincia. La religión es uno de los lazos más fuertes de los migrantes con las costumbres de Senegal.

Al consultarle acerca del proceso migratorio de su colectividad, Mourid nos comentó que encuentran especialmente difícil acceder a la radicación. Con este trámite, el objetivo es regularizar la situación migratoria a nivel administrativo, pero a veces se solicitan una serie de condiciones de muy difícil cumplimiento para una persona que deja su país en busca, por lo general, de mejores condiciones de vida. 

Además, al consultarle por las redes de apoyo, Mourid nos compartió: “No trabajamos con ninguna institución gubernamental o de la sociedad civil. Tampoco recibimos ninguna ayuda de ninguna institución que sea política, administrativa, social, económica, nada de nadie”, situación que puede hacer aún más complicada la obtención de la radicación. Por otro lado, la ausencia en Argentina de Embajada o Consulado senegalés complica el panorama: muchas veces los recién llegados no tienen a quien recurrir y sin mencionar la diferencia idiomática.

Desde Xumek nos parece importante contribuir con los Objetivos de Desarrollo Sostenible para así aportar a la creación de una sociedad verdaderamente intercultural, en la que cada colectividad pueda aportar su visión y su trabajo para la constitución de un país más amplio y desarrollado. Para ello creemos que el primer paso es que cada individuo y grupo social disfrute de sus derechos y por eso, desde el Área de Movilidad Humana nos ofrecemos como medio para la difusión de los mismos.

Hacemos énfasis en el derecho a la identidad cultural por la trascendencia de los derechos culturales hoy en día, en particular, en el marco de la Agenda de Desarrollo Sostenible 2030, que reconoce a la migración como un elemento central del desarrollo. El desarrollo no puede permanecer ajeno a la cultura y a los derechos humanos en general. No es posible implementar prácticas sociales innovadoras y sostenibles si el desarrollo no parte de un profundo conocimiento de la identidad cultural.

Comunicado del Comité Provincial de Prevención de la Tortura sobre cárceles y COVID-19

Compartimos a continuación el Comunicado del Comité

Desde el Comité de Prevención de la Tortura de Mendoza expresamos la preocupación que nos atraviesa respecto a la población que se encuentra alojada en las cárceles de nuestra provincia y se ve afectada por el COVID-19, pero desde mucho antes por la desidia estatal.

Al comenzar la pandemia, supimos advertir junto a organizaciones sociales y organismos de derechos humanos que las cárceles, por el hacinamiento y las condiciones edilicias en las que se encuentran, serían foco de contagios masivos a las que el propio sistema carcelario no podría dar ningún tipo de respuesta. Esto está sucediendo, pero a ello se suma el actual desborde del sistema de salud público general.

Este Comité recibe a diario innumerables mensajes de personas privadas de libertad y sus familiares cargados de angustia e incertidumbre ante el contagio confirmado o la presencia de síntomas graves en quienes están alojados allí sin atención médica. Recibimos imágenes y videos que relatan dolores corporales, muestran viandas de comida orinadas y destrozadas, la entrega insuficiente de elementos de limpieza y de higiene femenina, falta de agua caliente, inexistencia de protocolos sanitarios ante traslados de personas contagiadas y el destrato, entre otras ilegalidades.

Pareciera que el Estado provincial se hace eco de los discursos de odio sobre las poblaciones más vulneradas, dándoles la espalda y desoyendo lo que indica la normativa internacional en relación a las personas privadas de libertad y las recomendaciones específicas emitidas por diferentes organismos para abordar la pandemia del COVID-19 en las cárceles. La situación de la gestión estatal de nuestra provincia es grave.

Queremos que se sepa lo que sucede tras los muros, ya que además de sostenerse un trato inhumano como práctica cotidiana en las cárceles, se decide ser indiferente ante el sufrimiento y el deterioro de la salud de niños, niñas, jóvenes, mujeres, varones y personas trans privadas de libertad. Que en apariencias no hay intenciones de un plan integral, específico y serio de atención médica ante la emergencia y tampoco de prevención.

La respuesta de las autoridades ante las innumerables notas e informes que hemos presentado para advertir este panorama, que probablemente empeore en la inmediatez, ha sido el silencio, inclusive cuando desde este Comité nos pusimos a disposición a trabajar conjuntamente en lo que sucede.

La desidia, el abandono y la indiferencia son decisiones políticas, el Poder Ejecutivo mediante las autoridades del Ministerio de Salud y las jefaturas carcelarias serán responsables de lo que suceda en el corto plazo ante el colapso sanitario y las muertes bajo custodia del propio Estado. El Poder Judicial también juega la misma suerte sin haber previsto medidas serias que descompriman las cárceles para que se pueda sostener el distanciamiento preventivo y peor aún, sin haberse encargado de controlar el cumplimiento de las medidas que ellos/as mismos/as ordenaron.

El Ministerio Público Fiscal no pudo comprender en ningún momento que la cuestión siempre fue una situación de emergencia sanitaria, por lo que continuó realizando detenciones, sumó a las habituales las de un nuevo tipo delictual aplicable: violación de las restricciones de circulación, de esta forma la Provincia cuenta con más personas privadas de libertad y nuevos juicios abreviados que sumaron condenas a la población que, ante el encierro por detención, prefiere contar con una fecha cierta a tener que esperar un juicio justo.

Por último queremos denunciar la negligencia e inoperatividad de Luis Romero, funcionario rentado en el cargo de «Procurador de Personas Privadas de la Libertad» que, como militante del partido político actualmente en el gobierno, parece estar más al servicio del encubrimiento de las conspicuas omisiones de sus correligionarios antes que para cumplir las altas responsabilidades y funciones que le confiere la Ley 8.284.

Mendoza, una vez más bajo la lupa de los organismos internacionales, no escarmienta. Tenemos el índice más alto de prisionización y se crearon más normas que incrementan el control social y el encarcelamiento lo que, lejos de disminuir los niveles de violencia social, los aumenta. Este gobierno flamea la bandera de las libertades individuales mientras atropella constantemente los derechos democráticos desmantelando los mecanismos de control de espacios de encierro y escondiendo bajo la alfombra la ineptitud para diseñar y gestionar una política sanitaria en las cárceles.

Mendoza, 14 de Septiembre de 2020

Calendario Feminista: Entre los derechos civiles y la imagen de la mujer en los medios

Se conmemoran dos fechas importantes para pensar y reflexionar sobre los derechos adquiridos por las luchas de las organizaciones de mujeres. Y es una jornada para visibilizar y problematizar la discriminación y las violencias en las que se ven atravesadas en los medios de comunicación.

Las mujeres en la historia fueron consideradas eternas niñas que debían estar bajo el manto de la tutela de los varones ya sea del padre o del marido. Las eternas menores adultas.

Sin embargo, las cosas comenzaron a cambiar gracias a la lucha de las primeras mujeres organizadas para levantar su voz por sus derechos, y de los varones que tenían el poder y acompañaron esas luchas. Tal es el caso de la ley 11 357 de “equiparación de derechos civiles de la mujer» sancionada el 14 de septiembre de 1926.  

Los derechos civiles se refieren al conjunto de normas que regulan las relaciones entre las personas por el Estado, es decir en el Código Civil, que se ocupa de las libertades y la autonomía privada.

La normativa dispuso que “la mujer mayor de edad, cualquiera sea su estado (ya que luego de diversas modificaciones que se produjeron a la ley en dicho punto sólo se consideraba a mujeres solteras, divorciadas o viudas), tiene plena capacidad civil; la madre natural tiene la patria potestad sobre sus hijos, con la misma amplitud de derechos y facultades que la legítima; los bienes propios de la mujer y los bienes gananciales que ella adquiera no responden por las deudas del marido, etc”.

Durante el siglo XIX y principios del XX el mundo tuvo grandes transformaciones como la Primera Guerra Mundial, la cual demandó la movilización de toda la población al servicio de la situación bélica, y para las mujeres significó realizar trabajos fuera del hogar.

En tanto, uno de los objetivos de las primeras feministas fue alcanzar la capacidad civil plena, es decir tanto la capacidad de derecho como la capacidad de hecho -de obrar, de ejercer de forma práctica esos derechos.

Gracias a la lucha de los movimientos feministas que nos acontecieron, en la actualidad las mujeres tenemos la facultad de ejercer nuestros derechos civiles.

Otra fecha importante en el calendario feminista

Al comienzo miles de mujeres debatieron sus problemáticas, sus objetivos y sus luchas en sus casas, en sus pueblos, y en sus ciudades. Sin embargo, luego de ver que las mujeres latinoamericanas se veían atravesadas por problemáticas sociales, económicas y políticas similares comenzaron a reunirse en Encuentros anuales.

De esta manera, llegado el año 1990 durante el V Encuentro Feminista Latinoamericano y del Caribe se decretó que el 14 de septiembre sea el Día Latinoamericano de la Imagen de las Mujeres en los Medios de Comunicación.

La jornada se decidió en relación a la fecha en que comenzó a emitirse el programa radial «Viva María«, producido y conducido por la periodista Mara Régia Di Perna en Brasil, que se mantuvo al aire durante diez años desde 1980. Tuvo como temática central las problemáticas de género y los derechos de las mujeres, sin embargo luego fue clausurado por el gobierno brasileño.

El objetivo de dicha jornada es visibilizar a las mujeres en su diversidad cultural, étnica, social y económica, y a su vez oponerse y denunciar la discriminación y las violencias que sufren las mujeres en los medios de comunicación.

Desde el área de Género y Diversidad Sexual de Xumek honramos y visibilizamos las luchas feministas de nuestras antepasadas que pusieron el cuerpo en las calles para que se reconocieran nuestros derechos. Como también, conmemoramos el día de la imagen de la mujer en los medios y nos preguntamos: ¿se respeta la paridad de género en las empresas de comunicación? ¿cómo responden los medios ante la violencia mediática en la que se ven envueltas sus trabajadoras?

Día internacional de la mujer indígena

Jornada para visibilizar las luchas de los pueblos indígenas y para problematizar los derechos que les fueron arrebatados. Pero, sobre todo es un día para reconocer, recordar y valorar la valentía y el rol importante que cumplen las mujeres indígenas en sus familias, sus comunidades y en la sociedad.

Cada 5 de septiembre se conmemora el Día Internacional de la Mujer Indígena para rendir tributo a todas las mujeres pertenecientes a los pueblos indígenas y para visibilizar sus gestas heroicas. Dicha celebración surgió durante el Segundo Encuentro de Organizaciones y Movimientos de América reunido en Tihuanacu, Bolivia, en 1983.

Es una jornada que invita a reconocer, recordar y valorar la valentía y el rol importante que cumplen nuestras hermanas indígenas en sus familias, sus comunidades y en la sociedad en general. Se recuerda la vida de Bartolina Sisa, incesante luchadora por restablecer los derechos de los pueblos Aymara y Quechua.

En 1983, tras celebrarse el 2° Encuentro de Organizaciones y Movimientos Indígenas de América en Tiwanaku, Bolivia, los pueblos participantes determinaron que todos los años en esta fecha se recordará la memoria de todas aquellas mujeres portadoras de la herencia cultural y ancestral, así como también de aquellas que murieron en la lucha contra la discriminación y los abusos cometidos a este género y etnia a lo largo de la historia.

Las mujeres indígenas realizan contribuciones únicas y juegan un papel fundamental en las fuertes luchas por preservar sus identidades, aún cuando han sido a lo largo de la historia y a la fecha, sujetas de discriminación y violencia. Son reconocidas como garantes de sus culturas y férreas defensoras por el reconocimiento de sus legítimos derechos.

Desde las Áreas de Pueblos Indígenas y Género y Diversidad Sexual de Xumek luchamos y abogamos por la igualdad de derechos, la garantía de oportunidades y la erradicación de todo tipo de violencia hacia las mujeres indígenas. Asimismo, consideramos que es tiempo de respetar y reconocer la participación activa de los pueblos indígenas en el devenir de las sociedades actuales, el valor histórico, cultural, social, político y económico que los mismos representan.

DÍA NACIONAL DEL Y LA MIGRANTE

Cada 4 de septiembre, a partir del año 1949, se conmemora el Día de la y el Migrante. Se elige esta fecha con el propósito de recordar la disposición dictada por el Primer Triunvirato, en 1812, “que tenía la intención de fomentar la inmigración y ofrecer protección a los individuos de todas las naciones y a sus familias que quisieran fijar su domicilio en el territorio nacional”

Los flujos y tradición migratoria fueron  cruciales para la constitución de la Argentina como Estado.  Argentina históricamente es un país receptor de diversos flujos migratorios, y la migración internacional impacta no solo en las cotidianidades, si no a su vez, en la política, la economía y la sociedad.  Sin lugar a dudas, los procesos de movilidad humana, y sus particularidades están vinculados a la identidad de un territorio.

Desde tiempos remotos la migración es un fenómeno que persiste y cala hondo en cada sociedad a nivel mundial. El hecho de desplazarse de un estado a otro, constituye una travesía signada por lo emocional, los motivos por los que se  migra, la elección del país al cual se decide arribar,  los vínculos que se abandonan y los nuevos que se establecerán.

Desde el Área de Movilidad Humana, entendemos a la migración como un fenómeno dinámico y constante, que requiere de análisis y atención de los Estados y agentes de la sociedad civil, desde una perspectiva de inclusión y universalidad.

Es sustancial concebir su aporte, para lograr reconocer el intercambio cultural y económico diverso, de relevancia y enriquecedor para el desarrollo no solo económico, sino también intelectual, gastronómico, social y cultural del país.  Esto supone también respetar las libertades y dignidad de las y los migrantes. 

Es momento de percibir como positivas a las corrientes migratorias, por lo cual amerita redefinir nuevos escenarios, donde estén incluidas las personas que arriban a territorio argentino.  Se debe respetar el deseo y la necesidad de migrar, que establece no sólo la Declaración Universal de Derechos Humanos, sino también pactos de Naciones Unidas y la Convención Americana.

Es fundamental recordar, que todas y todos los migrantes cuentan con la titularidad de derechos: la Ley de Migraciones 25.871 de nuestro país da cuenta de ello. Desde Xumek luchamos para hacer cumplir y visibilizar los derechos ya adquiridos, a través de intervenciones e investigaciones integrales, que den cuenta sobre la importancia de la temática, para incidir espacios políticos y públicos.

Siempre se debe tener presente que todas las personas pueden migrar, porque es un Derecho Humano.

ESTIGMATIZACIÓN EN HORARIO CENTRAL: sobre personas migrantes y planes sociales

Ilustración por Nancy Castronovo Bloin

A través del canal Todo Noticias (TN), el 14 de agosto pasado, se transmitió en forma de  primicia el “descontrol en la frontera por los subsidios”[1]. El periodista manifiesta preocupado: “frontera colador, cruzan desde Bolivia para cobrar el IFE, esto es en Salta”. Se repite lo mismo por varios minutos con tono de gran preocupación.

Los pasos fronterizos no están suficientemente vigilados, pero, ¿es necesario afirmar sin reparo alguno que por eso cruzan hacia Argentina cientxs de migrantes, de distintas nacionalidades, para obtener algunos pesos de un subsidio social?

Quien mira la noticia se horroriza, pero porque se le ha inducido a ello: alguien que se encuentre en su casa podría pensar “¡che! que desastre, vienen a quitarnos lo que es nuestro”. El aparato mediático a su vez se acompaña de las declaraciones más xenófobas por parte de funcionarios públicos, como el caso del gobernador salteño, Gustavo Saénz, que denuncia ante el Presidente de la Cámara de Diputados de la Nación, Sergio Massa, que no se puede continuar “con la joda de darle subsidios a los extranjeros[2]

Cabe preguntarse cuál es realmente el mensaje y por qué las y los migrantes son objeto de controversia. Estos argumentos infundados, teñidos y fundados en  xenofobia y racismo, no son recientes. Ante ello, es esencial desmontarlos, con el fin de tratar de conocer y comprender la realidad de las personas que se desplazan.

De acuerdo a datos que proporciona Agenda Migrante 2020, la mayoría de las personas migrantes no accedieron a los beneficios que se les adjudican:

 “Más del 80% de las personas migrantes no accedieron al Ingreso Familiar de Emergencia (IFE). El dato se desprende de la encuesta realizada a la población migrante y refugiada desde el Espacio Agenda Migrante 2020. El análisis refleja la suma de quienes quedaron excluidxs  por residir en la Argentina desde hace menos de dos años (49%), y quienes lograron inscribirse pero no se lo otorgaron (31%).”[3]

¿Qué es el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE)? Se trata un bono para trabajadores informales y monotributistas, cuyo objetivo es ayudar a atravesar las consecuencias de la pandemia que azota nuestro país desde hace 6 meses. El IFE se implementa a través del decreto 310/20 en marzo pasado, como una prestación monetaria no contributiva del sistema de seguridad social, de carácter excepcional. Los requisitos en marzo y abril, cuando comenzó la emergencia sanitaria, eran los siguientes: 

  1. Ser argentino nativo o naturalizado y residente, con residencia legal en el país no inferior a dos años
  2. Tener entre 18 y 65 años
  3. Ni la persona que solicita el IFE ni ningún miembro de su grupo familiar deben percibir ingreso alguno proveniente de:

a) trabajo en relación de dependencia, público o privado, a excepción del realizado en el marco del régimen especial de trabajadores y trabajadoras de casas particulares

b) ser monotributista de categoría C o superior, o del régimen de autónomos

c) prestación por desempleo

d) jubilaciones, pensiones o retiros contributivos o no contributivos nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

e) planes sociales, salario social complementario, programas Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo u otros programas sociales nacionales, provinciales o municipales, a excepción de los ingresos provenientes del Progresar, Asignación Universal por Hijo y Asignación por Embarazo.

Cabe señalar que  el IFE, sólo se otorga a aquellos extranjeros/as que cumplan con dos años de residencia regular en territorio argentino. Quienes tienen menos tiempo viviendo aquí y no han podido gestionar sus trámites de residencia no pueden acceder a este beneficio.

A partir del aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO) el relevamiento de Agenda Migrante arroja que el 58% de migrantes ha dejado de percibir un sueldo o ha discontinuado  su ocupación laboral, siendo así parte de la población más perjudicada. Esto permite dar cuenta que las personas en contextos de movilidad humana se encuentra despojada de ingresos estables y el ámbito laboral donde se desempeñan se caracteriza, en su mayoría, por la informalidad.

A pesar de que el acceso igualitario a derechos lo garantiza el artículo 6 de Ley de Migraciones (25.871)[4], que estipula el principio de igualdad de trato entre migrantes y nacionales, la realidad dista de ser así y los programas de seguridad social y sus requisitos, dan cuenta de ello: poseer DNI argentino, vigente, residencia continua en territorio argentino, la exigencia de cierta  cantidad de años de residencia. Un claro ejemplo son las pensiones no contributivas: para el caso del beneficio “Madre de 7 hijos/as”, debe contar, con por lo menos, 15 años de residencia legal[5], en relación a “Pensión no contributiva por vejez”, un mínimo de residencia continuada de 40 años[6], y en cuanto a “Pensión no contributiva por invalidez” con al menos 20 años de residencia en el país.[7] Lo antes expuesto pone de manifiesto que el acceso a estos programas de seguridad social no es tan sencillo  como lo declaran medios de comunicación y referentes gubernamentales.

Desde el área de Movilidad Humana de Xumek se considera de relevancia  impulsar estos debates, con información fidedigna y verificable, que permita poner en jaque estos discursos, que caracterizan a las corrientes migratorias como amenaza latente sobre los derechos y servicios sociales, políticos y económicos de las y los nacionales. Estos discursos son los que se cristalizan las conductas y decisiones políticas, de sesgo excluyente. Exigimos que se proyecten políticas en consonancia con las realidades diversas y complejas de las personas en contexto de movilidad humana, a través de estrategias de igualdad y universalidad, ya reconocidas en la Ley de Migraciones 25871.  Es hora de cuestionarnos, ¿por qué nos dicen que nuestros derechos son amenazados por las personas migrantes?


[1]https://www.facebook.com/todonoticias/videos/descontrol-en-la-frontera-con-bolivia-por-el-ife/748954719294709/

[2]https://www.pagina12.com.ar/284328-saenz-apunto-contra-extranjeros-con-doble-nacionalidad-que-c

[3]https://www.cels.org.ar/web/2020/04/la-poblacion-migrante-debe-acceder-al-ingreso-familiar-de-emergencia/

[4] El Estado en todas sus jurisdicciones, asegurará el acceso igualitario a los inmigrantes y sus familias en las mismas condiciones de protección, amparo y derechos de los que gozan los nacionales, en particular lo referido a servicios sociales, bienes públicos, salud, educación, justicia, trabajo, empleo y seguridad social”  http://www.migraciones.gov.ar/pdf_varios/campana_grafica/pdf/Libro_Ley_25.871.pdf

[5] https://www.anses.gob.ar/pension-no-contributiva-para-madre-de-7-hijos

[6] https://www.anses.gob.ar/pension-no-contributiva-por-vejez

[7] https://www.anses.gob.ar/pension-no-contributiva-por-invalidez