“El mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda…” Principio 10 de la Declaración de Río 1992
Desde el Área de Ambiente de Xumek queremos compartir la profunda alegría con la que recibimos la ratificación por parte de Argentina del “Acuerdo de Acceso a la Información, Participación Pública y Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales”, conocido como el Acuerdo de Escazú.
Este acuerdo fue propuesto por la CEPAL en 2018, y está inspirado en la Convención de Aarhus de 1998 que garantiza el acceso a la información, la participación ciudadana y el acceso a la justicia en todo lo que concierne las cuestiones ambientales en los países europeos. El Acuerdo de Escazú da un paso más y cuenta con un cuarto pilar fundamental dedicado a la garantía de protección de lxs defensores de derechos humanos y ambientales.
Recordemos que la región latinoamericana es una de las más peligrosas para las personas defensoras del ambiente, quienes están en la primera línea en la protección de los territorios y los bienes comunes. Solo en 2019, de acuerdo al último informe de Global Witness, 212 personas fueron asesinadas en su labor de defensa a nivel mundial, y más de dos tercios de esos asesinatos ocurrieron en América Latina. Entre las principales actividades más letales para los defensores se encuentran la minería, seguida por la tala y el agronegocio.
Argentina es el décimo país en ratificar este tratado, y sólo falta la ratificación de un undécimo país para que el tratado entre en vigencia. Con 240 votos positivos, 4 negativos y 2 abstenciones, es importante resaltar que tal mayoría dota al Acuerdo de Escazú de rango constitucional.
Dicho instrumento se convierte así en la herramienta fundamental para la protección del derecho humano a un ambiente sano en todo el país, y es la base de toda la estructura de defensa del derecho ambiental. Esta ratificación implica un acercamiento y reconocimiento a las demandas de la ciudadanía, otorgando herramientas para que la sociedad civil y los movimientos “ambientalistas” puedan llevar a cabo sus acciones de defensa.
¿Qué se entiende por información, participación y acceso a la justicia en materia ambiental, sin olvidar la necesaria protección de los defensores de derechos humanos y ambientales?
- Información ambiental: implica el derecho humano de todos los ciudadanos a acceder a una información suficiente, clara y fehaciente, y la correlativa obligación de los organismos del Estado de brindar toda información de la que dispongan. La información versa sobre las características de eventuales proyectos o políticas públicas y las consecuencias o peligros que estos pueden acarrear sobre la salud o el ambiente en las comunidades. Una de las fuentes de información, es por ejemplo, el acceso a los estudios de impacto ambiental.
- Participación pública: Garantiza la oportunidad de toda la ciudadanía de participar en los procesos de adopción de decisiones. Implica ante todo el acceso previo a la información, como garantía de una participación libre, previa e informada, anterior a la toma de decisiones. Su forma puede darse a través de audiencias públicas, consulta ciudadana, referéndum, entre otras.
- Acceso a la justicia: garantiza el acceso efectivo a los procedimientos judiciales y administrativos, entre éstos el resarcimiento de daños y los recursos pertinentes, sobre todo cuando los derechos humanos de acceso a la información y a la participación han sido vulnerados.
- Protección de defensores y defensoras de derechos humanos en asuntos ambientales: La defensa de los derechos humanos es un derecho humano en sí mismo y la protección de los defensores es la garantía necesaria para su pleno ejercicio. Este punto fue planteado debido al peligro constante que corren estas personas en toda la región. El Acuerdo de Escazú compromete a la Argentina a implementar o fortalecer las medidas existentes para proteger a las personas defensoras de derechos humanos, como también prevenir, sancionar e investigar acciones en contra del ejercicio de defensa.
Esta ratificación es un motivo de festejo para toda la ciudadanía, que ve garantizados los derechos humanos a la información y a la participación en la toma de decisiones con incidencia en la salud y el ambiente. Esperamos que este sea un impulso para la cooperación, la escucha y el diálogo genuino.
Bregamos porque se contagie en toda la región, generando conciencia ambiental, resguardo a la vida y respeto de las generaciones futuras.