Desde Observatorio de Femicidios, Travesticidios y Transfemicidios de Xumek visibilizamos los datos arrojados entre Enero a Julio del 2022. Durante estos meses del año, se registraron al menos 144 Femicidios a nivel Nacional, de los cuales 6 fueron en Mendoza, y 5 transfemicidios, según se pudo constatar mediante la revisión de medios digitales locales, regionales y nacionales.
Se registra un aumento de víctimas colaterales con respecto al recuento que realizamos en Abril, con un total de 131 hijxs menores de 21 años que perdieron a su madre. En cuanto al tipo de vínculo entre las víctimas y los femicidas, se constata que un 36,8% fue cometido por las parejas, un 18,8% por ex parejas, y un 13,9% por un familiar de la víctima.
Registramos un total de 25 femicidas suicidados, lo que nos invita a reflexionar: ¿qué sucede con esos varones que ejercen la violencia extrema y se terminan quitando la vida? También se relevaron 12 femicidios vinculados, es decir homicidios cometidos contra una o varias personas a fin de causarle sufrimiento a una mujer, mujer trans o travesti.
En lo que respecta a los transfemicidios del total tres eran de nacionalidad argentina, una era de nacionalidad peruana y la otra uruguaya. Los actos violentos se realizaron en Entre Ríos, Córdoba, Santa Fe, Buenos Aires y CABA.
El Observatorio busca generar una base de datos sobre Femicidios, Travesticidios, y Transfemicidios en Mendoza, y en Argentina, desde Octubre del 2021 a Septiembre del 2022, propia del área de género y Diversidad Sexual de Xumek. Logrando una sistematización y análisis de la información recaudada.
La situación en Mendoza
De los 144 femicidios relevados en los primeros 7 meses del año, 6 ocurrieron en la provincia de Mendoza. Las víctimas directas de esta violencia machista fueron María Aída Oliva (52 años), Marcela Elizabeth Gramajo (41), Linda Suarez (77), Alicia Angélica Galetto (68), Carla Agostina Trigo (22) y María Pía Percia (49). Los crímenes ocurrieron en Las Heras, San Rafael, Guaymallén, Rivadavia, San Martín y Ciudad, respectivamente.
Mientras que a nivel nacional el 47% de las víctimas tenían entre 26 y 50 años, en Mendoza ese porcentaje es del 50%. Tres de las 6 mujeres asesinadas tenían entre 50 y 80 años. También cabe destacar que, en nuestra provincia, el 50% de los femicidios entre enero y julio de 2022 fueron asesinadas por sus parejas o ex parejas, mientras que esa cifra asciende al 55,5% a nivel nacional.
Luego del femicidio de Agostina Trigo, la Policía de Mendoza reprimió violentamente una manifestación en la que se reclamaba justicia. Se trata de un caso en el que Xumek y RePAD se han constituido como querellantes.
Asimismo, en este relevamiento del Observatorio se relevaron 5 transfemicidios en Argentina. En este sentido, Mendoza será escenario de un proceso histórico, ya que el próximo 12 de septiembre un jurado popular juzgará a un ex oficial de la Policía de Mendoza por el transfemicidio de Melody Barrera, acontecido en agosto de 2020.
Desde Xumek – Asociación para la Promoción y la Protección de los Derechos Humanos, repudiamos la persecución y la criminalización de la protesta llevada a cabo por el Gobierno de la Provincia de Mendoza durante las jornadas de paro y movilización convocadas por diversos gremios mendocinos en el marco del reclamo de mejores condiciones laborales y salariales.
Entendemos que estos métodos, cada vez más frecuentes desde el Poder Ejecutivo con colaboración del Poder Judicial de Mendoza, apuntan a disciplinar la protesta social y el legítimo ejercicio de derechos constitucionales.
En las últimas semanas diversos gremios, entre ellos, ATE, SUTE, SADOP, convocaron a jornadas de paro y movilización, en reclamo por mejoras salariales y condiciones de trabajo. Esta protesta resulta por demás legítima tratándose del derecho a una remuneración justa -en un provincia donde los salarios de los docentes son de los más bajos del país- en un contexto de crisis económica e inflación, con íntima vinculación al derecho de los ciudadanos de recibir una educación de calidad.
Desde el 3 de julio del 2022 se ha constatado la persecución judicial a cinco (5) dirigentes sindicales– Roberto Macho, Adriana Iranzo, María Rosa Gaete y Graciela Navarro-, quienes han sido imputados por supuestas infracciones al artículo 194 del Código Penal de la Nación, por entorpecimiento de transporte; llegando incluso en el caso de Roberto Macho a ordenar su detención en sede de penitenciaría provincial.
A su vez, la Policía provincial junto con abogadxs y escribanxs han asistido a las escuelas de la provincia de Mendoza, fuera de sus facultades establecidas por ley, para constatar libros de firmas de asistencia de docentes, durante los días convocados a paro y movilización, evidenciando así una actitud claramente persecutoria y coercitiva para quienes ejercen la docencia y adhieren al paro.
Este tipo de acciones -además de rememorar las épocas más oscuras de nuestra historia reciente– intentan dejar un claro mensaje de disciplinamiento y criminalización de la protesta social por parte del Poder Ejecutivo y Judicial de Mendoza.
Rechazamos toda acción estatal que pretenda abordar el conflicto social desde herramientas represivas y/o punitivas.
El derecho a la protesta social, el derecho a huelga, el derecho a agremiarse libremente, el derecho de reunión, el derecho a la libertad de expresión, el derecho a peticionar ante las autoridades, no solo resultan derecho humanos fundamentales receptados constitucional y convencionalmente, sino que además configuran condiciones básicas para la convivencia democrática propia de un Estado social y democrátido de derecho.
El Poder Judicial y especialmente el sistema penal como sistemas de reacción ante conductas delictivas, no pueden constituirse en herramientas de disciplinamiento y persecución de un reclamo legítimo que cuenta con el apoyo de toda la sociedad.
En contrapartida reivindicamos el camino del diálogo, el consenso y la resolución no violenta de los conflictos, como las acciones que debe promover y propiciar el Estado.
Finalmente desde Xumek expresamos nuestro absoluto apoyo al reclamo del sector docente, poniéndonos a su disposición en lo sucesivo e interpelando al Gobernador Rodolfo Suárez y al Director General de Escuelas, José Thomas, a retomar el camino del diálogo sincero y libre de toda presión coercitiva.
La Comisión está integrada tanto por militantes y abogadxs de organismos de Derechos Humanos como por organizaciones sociales, políticas y sindicales, asiste al pedido o llamado de quienes sufren violación a los derechos humanos y garantías constitucionales. En esta oportunidad relevó las vulneraciones a los Derechos Humanos en la provincia de JUJUY en no menos de 58 casos.
El informe busca identificar los casos y especificar el marco normativo tanto nacional como internacional que se está violando. Y a partir de la publicación impulsar la divulgación activa del estado de situación, con la convicción de amplificar la voz y el pedido de justicia del pueblo Jujeño. También se encauzaran institucionalmente las denuncias por las vías ordinarias, nacionales e internacionales que consideren pertinentes.
La provincia de Jujuy ha atravesado modificaciones en su sistema de justicia tales como: La Reforma orgánica del Poder Judicial en el año 2015 en la que 2 diputados votantes por la afirmativa accedieron inmediatamente a integrar el Superior Tribunal; la Ley 5895 creando el Ministerio público de la Acusación (MPA) con facultades para la persecución penal pero por fuera de la estructura judicial y específicamente esta comisión se ha visto compelida a hacerse presente en la provincia luego de que el 6 de julio se realicen 16 allanamientos simultáneos que abarcaban a la totalidad de las organizaciones sociales con presencia en la provincia.
Te presentamos nuestra primera guía en PDF. Esta vez, te invitamos a hablar sobre violencia sexual en niños, niñas y adolescentes (NNyA).
¿Qué es? ¿Cómo identificar y abordar estas situaciones? DESCARGÁ LA GUÍA ACÁ
El área de Niñez y Adolescencia tiene como función la ponderación del interés superior de niñas, niños, adolescentes y jóvenes en la defensa y protección de sus derechos. Articulando espacios y trabajando en red con otras organizaciones especialistas en la materia, para generar acciones de incidencia y políticas públicas que promuevan sus derechos humanos fundamentales. Somos un equipo interdisciplinario preocupado por un abordaje integral y menos adultocéntrico de las problemáticas de la infancia y adolescencia.
Nuestro área tiene como objetivo velar por la promoción y defensa de los derechos de niñas, niños, niñes, adolescentes y jóvenes, a través de la puesta en valor de sus intereses, necesidades y problemáticas.
Somos un equipo interdisciplinario conformado por estudiantes y profesionales de distintas ciencias sociales, con la intención de concretar prácticas de investigación y territorialización desde una mirada integral y crítica del adultocentrismo.
Entendemos que es necesaria la habilitación de espacios de participación activa de lxs pibes desde un paradigma del protagonismo de las niñeces y adolescencias.
Articulamos con otras organizaciones e instituciones provinciales y a nivel nacional, con el fin de generar acciones de incidencia en políticas públicas que promuevan los derechos humanos fundamentales de pibes y pibas.
Desde 2016 integramos el Colectivo de Derechos de Infancia y Adolescencia, coalición federal de organizaciones especializadas en infancia y adolescencia.
Durante el mes de mayo de este año, se hizo público el estado crítico de la Laguna del Viborón en el Departamento de Maipú. De esta manera, las imágenes de la mortandad masiva de peces de febrero del 2021 se completan con las de mayo del 2022, que muestran una laguna agonizante y extremadamente seca. Las lagunas del Viborón, La Paloma (ambas en Maipú) y Soria (en el Departamento de Lavalle), forman parte del sistema Leyes-Tulumaya y se encuentran encadenadas. Por tanto, si una laguna se ve afectada, afecta al resto también.
Así es que el nivel de agua de la siguiente laguna, La Paloma, también ha mermado considerablemente para esta época del año y a esta situación se suma la amenaza del proyecto de saneamiento denominado “Colector cloacal y estación elevadora Paramillos II”, cuya traza atravesaría la Laguna de La Paloma con un terraplén. Por supuesto entendemos que dicha obra es necesaria para las localidades del Departamento de Guaymallén que no cuentan con colectores, sino que utilizan pozos absorbentes. Muchos vecinos y vecinas de El Sauce, Colonia Segovia y Puente de Hierro tienen el agua servida en la puerta de sus casas, y la obra en cuestión les daría respuestas a sus necesidades.
Sin embargo, la obra que promete un beneficio para estas poblaciones y territorios, por otro lado, representa una gran amenaza para el sistema de humedales Leyes-Tulumaya, uno de los ecosistemas más vulnerables y frágiles en el Gran Mendoza. No sólo porque proponen atravesar el caño cloacal por la parte más angosta de la Laguna de La Paloma, sino por toda la afectación alrededor de la zona que sigue teniendo vocación de humedal.
La obra de saneamiento evaluó ocho alternativas de trazado del colector. En ninguna de las primeras 7 alternativas se atraviesa la laguna de La Paloma, sino que la traza va por ruta, utilizando estaciones elevadoras y de bombeo. Sin embargo, alegan que en esas alternativas hay problemas de conducción a gravedad por pendientes mínimas, riesgos de vandalismo y de desborde.
Gentileza GiramundoTV.
De esta manera, la alternativa seleccionada es la que propone atravesar La Paloma, pasando por alto las declaratorias de interés de conservación que tiene el sistema Leyes Tulumaya. Al respecto, cabe remarcar que el proyecto tiene una falla de origen al no mencionar nunca que la zona por la que atraviesa dicha obra es un sistema de humedales; relicto de las antiguas ciénagas de Bermejo. El proyecto no contempla el marco legal de resoluciones y declaraciones de interés del lugar.
En este sentido, el Dictamen Técnico de la Universidad de Congreso, apunta que “se deben ratificar o rectificar las alternativas evaluadas y la opción definitiva, considerando que el sistema de humedales de Arroyo Leyes y Arroyo Tulumaya fue declarada sitio de interés de conservación mediante RIT-2020-1004-E-GDEMZA-DRNR#SAYOT en año 2020″.
Asimismo, la Manifestación General de Impacto Ambiental (MGIA), tiene otras grandes falencias que es preciso mencionar: escaso relevamiento de flora y fauna, retiro de suelo orgánico y capa vegetal, utilización de agua del Arroyo Leyes para la fase de construcción, nula mención a las aguas subterráneas, ni medidas de mitigación en caso de derrame, entre otras.
El próximo martes 19 de julio a las 10 de la mañana, se realizará la Audiencia Pública de esta obra, y es el momento de ejercer nuestro derecho a la participación en asuntos que afecten a nuestro medio ambiente. Exigimos que la autoridad convocante realice una consulta con expertos técnicos para que evalúen otra traza del colector cloacal para evitar daños irreparables en un ecosistema que ya es demasiado vulnerable por la misma gestión del agua de la Provincia de Mendoza, la cual ha ido represando el agua cuenca arriba, y provocando la paulatina desertificación de las lagunas cuenca abajo.
Pedimos que el sistema de saneamiento para un territorio y población no implique la destrucción de nuestro medio ambiente. Los humedales son nuestros principales aliados para mitigar los efectos de la crisis climática que estamos provocando, y su falta de protección afecta nuestro derecho a vivir en un ambiente sano.
La provincia de Mendoza posee una enorme deuda ambiental en cuanto a la Creación de Áreas Naturales Protegidas. Para el 2020, menos del 17% de nuestro territorio se encontraba protegido y esta cifra se encuentra muy por debajo de los estándares internacionales.
El proyecto de ley de Creación de Área Natural Protegida Provincial del sistema Leyes Tulumaya, sigue esperando a ser tratado en la Legislatura provincial. En ese sentido, cabe preguntarnos: ¿se trata de una simple coincidencia o la paralización del proyecto de protección responde a intereses particulares?
A modo de cierre, consideramos necesario destacar que la deuda ambiental de la provincia de Mendoza es algo que debe preocuparnos pero sobre todo “ocuparnos” en cuanto a acciones de mitigación se refiere. Una deuda ambiental en ascenso conlleva una gran amenaza para el sistema de humedales y, consecuentemente, en la vulneración de los derechos humanos de todas las poblaciones aledañas.
Acompañamos a la familia Romano ante las declaraciones realizadas desde el Asesoramiento Legal del Gobierno de Mendoza
Florencia Romano fue asesinada en diciembre de 2020 en el departamento de Maipú (Mendoza) siendo una adolescente de tan solo 14 años. Este caso puso en evidencia el deficiente actuar de la policía y la falta de protocolos que cuenten con perspectiva de género, ya que hubo una llamada al 911 en pedido de auxilio por parte de un vecino que fue desestimada.
Se inició un juicio penal que condenó al femicida, Pablo Ramón Arancibia y a la operadora policial que no dio curso a la llamada. Este llamado habría podido evitar la muerte de Florencia y esta afirmación fue demostrada por las pruebas presentadas, principalmente la cercanía de una comisaría que está a 4 minutos a pie de distancia del lugar del hecho.
Luego, la Familia Romano inició una demanda civil contra el gobierno provincial por el daño moral que sufrieron tras el femicidio de su hija. El pasado martes 12 de julio y a una semana de habernos enterado del femicidio de Agostina Trigo, trascendió un escrito presentado ante la Justicia por parte del asesor legal del Gobierno de Mendoza, Ricardo Canet. Allí, el funcionario responsabilizó a los padres de Florencia, en especial a su madre, por el femicidio de su hija.
Cabe recordar que pocas horas luego del hecho, el entonces Director de la Policía de Mendoza, Roberto Munives, dijo que “hechos como estos son evitables, precisamente a través de la educación, a través del cuidado, del seguimiento que debemos tener los padres sobre nuestros hijos y que este tipo de hechos no se deben repetir, no se deben producir, precisamente porque debemos tener ante todo dentro del seno familiar un diálogo de apertura, porque todo se inicia a través de un engaño sobre la menor”.
A esta misma línea discursiva apeló Canet, afirmando que la madre y el padre de Florencia «han incumplido abiertamente con las obligaciones que la responsabilidad parental ponía a su cargo, no actuando con la vigilancia activa correspondiente». A esto agregó, en otras palabras, que la familia de la víctima tiene “el 50% de la responsabilidad” del hecho, mientras que el 50% restante correspondería al femicida.
Tanto los dichos de Munives en su momento como los trascendidos de Canet, revelan una profunda ideología de la gestión actual del Gobierno Provincial en la que optan por culpar a las mujeres por las violencias de género que sufrimos a diario y cuya expresión más grave es el femicidio. También parecen olvidar la responsabilidad estatal y las obligaciones asumidas nacional e internacionalmente que detallamos a continuación y bajo las cuales el funcionariado público tienen el deber de actuar y ajustar sus conductas.
En su artículo 7, se refiere a las obligaciones inmediatas del Estado en casos de violencia contra las mujeres, que incluyen procedimientos, mecanismos judiciales y legislación encaminada a prevenir la impunidad, incluyendo medidas para proteger a las mujeres de actos de violencia inminentes.
Por su parte, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (IDH), organismo fundamental en la defensa y protección de los Derechos Humanos de la región -y a la cual Argentina le ha otorgado competencia jurisdiccional- ha establecido que, en un contexto de violencia, subordinación y discriminación histórica contra las mujeres, los compromisos internacionales “imponen al Estado una responsabilidad reforzada”.
En el Caso Velásquez Rodríguez Vs. Honduras (Sentencia del 19 de julio de 1988, párrafo 172), la Corte IDH estableció que: “Un hecho ilícito violatorio de los derechos humanos que inicialmente no resulte imputable directamente a un Estado, por ejemplo, por ser obra de un particular o por no haberse identificado al autor de la trasgresión, puede acarrear la responsabilidad internacional del Estado, no por ese hecho en sí mismo, sino por falta de la debida diligencia para prevenir la violación o para tratarla en los términos requeridos por la Convención”.
El Estado Argentino, al ratificar la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, se compromete en el artículo 18.2 a prestar la asistencia apropiadaa los padres y a los representantes legalespara el desempeño de sus funciones en lo que respecta a la crianza del niño y velarán por la creación de instituciones, instalaciones y servicios para el cuidado de los niños”. En este sentido es el Estado quien asume también obligaciones de asistir a las familias en las crianzas.
Entonces, en este caso, el Estado Provincial actuó desentendiendose de su rol de garante de derechos y descargando la culpa sobre las familias, utilizando la revictimización como mecanismo de defensa de sus intereses pecuniarios.
A su vez, se define como violencia indirecta “toda conducta, acción, omisión, disposición, criterio o práctica discriminatoria que ponga a la mujer en desventaja con respecto al varón.”
En relación con los organismos estatales de seguridad, la mencionada ley establece:
La obligación de elaborar en el ámbito del Consejo de Seguridad Interior, los procedimientos básicos para el diseño de protocolos específicos para las fuerzas policial y de seguridad a fin de brindar las respuestas adecuadas para evitar la revictimización, facilitar la debida atención, asistencia y protección policial a las mujeres que acudan a presentar denuncias en sede policial;
Sensibilizar y capacitar a las fuerzas policial y de seguridad en la temática de la violencia contra las mujeres en el marco del respeto de los Derechos Humanos;
Incluir en los programas de formación de las fuerzas policiales y de seguridad asignaturas y/o contenidos curriculares específicos sobre los Derechos Humanos de las mujeres y en especial sobre violencia con perspectiva de género.
El Estado Provincial no ha cumplido con las mencionadas obligaciones. Esto se demuestra en el hecho de que los funcionarios policiales encargados del 911 al cual se solicitó auxilio no estaban capacitados en perspectiva de género como tampoco contaban protocolo de actuación específico para atender a dichos casos.
Por su parte, los abogados de la Familia Romano afirman que el Juez, en la sentencia penal sobre el femicidio de Florencia, realizó una serie de recomendaciones dirigidas al Poder Ejecutivo con el objeto de cambiar el funcionamiento del 911 para el abordaje de casos de violencia de género. En este sentido, la Familia ha impulsado el proyecto de la “Ley Florencia”, que tiene por objeto obligar al Estado a actuar de una manera específica mediante el 911 ante hechos de posibles feminicidios para que su intervención sea de manera preventiva. Hasta el momento, dos años después, la misma no ha sido tratada.
En cuanto a los Derechos reconocidos, cabe destacar el derecho a recibir un trato humanizado, evitando la revictimización, a la que se hace referencia en reiteradas oportunidades en el cuerpo de la Ley 26.485.
El hecho de culpabilizar a la mamá y al papá de Florencia, algo que hizo tanto el Asesor Legal del Gobierno como el ex director de la Policía, ponen en evidencia la desprotección no solamente hacia la memoria de Florencia, sino también la revictimización de la familia. En este sentido, es oportuno recalcar que la Ley Nacional 27.327 de Derechos y Garantías de las Personas Víctimas de Delitosconsidera víctimas a lxs padres, entre otros familiares, cuando resultare la muerte de la persona ofendida. La normativa establece que la actuación de las autoridades responderá a determinados principios y entre ellos la no revictimización: “la víctima no será tratada como responsable del hecho sufrido” (art. 4 inciso 3).
En otro orden de ideas, dentro de los lineamientos básicos para las políticas estatales establecidos por la Ley 26.485 mencionada anteriormente, establece la obligación de realizar campañas de educación y capacitación orientadas a la comunidad para informar, concientizar y prevenir la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales (art. 10 inc. 1). Esto demuestra el rol activo que debe tener el estado en la educación en materia de género. No se trata de una cuestión exclusivamente de la responsabilidad de la madre o el padre de una mujer, sino que necesariamente tiene que intervenir el Estado en la deconstrucción de patrones socioculturales que ponen a las mujeres y a las disidencias en un plano de inferioridad respecto del varón.
Finalmente, no podemos dejar de hacer referencia a la Ley 27.499 “Micaela”. Esta norma establece la capacitación obligatoria en la temática de género y violencia contra las mujeres para todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación (Art. 1 ).
La contestación de la demanda de Ricardo Canet (así como los dichos que hiciera Roberto Munives en diciembre de 2020), demuestra una deficiente o nula formación en la temática referida, ya que en caso de contar con un adecuado conocimiento en perspectiva de género el tratamiento de la causa hubiera sido diferente.
Es por todo esto que desde Xumek acompañamos el reclamo de la Familia Romano y sus abogados en cuanto a que el Gobierno de Mendoza, particularmente el gobernador Rodolfo Suarez, debe dar explicaciones sobre el escrito presentado por Ricardo Canet ante la Justicia y, si fuera necesario, exigirle la renuncia al Asesor Legal si así lo considerase. Asimismo, el Senado de la Provincia debería expedirse sobre el asunto, ya que el pliego de designación de Canet para este cargo fue aprobado por ese cuerpo legislativo. Finalmente, adherimos a la sanción de la Ley Florencia para que el 911 tenga un protocolo de funcionamiento específico para casos de violencias por motivos de género y exhortamos al Gobierno Provincial a que cumpla con las obligaciones asumidas nacional e internacionalmente. Apelamos, en acompañamiento a la Familia Romano, a que la pronta sentencia de la Justicia Civil sea ejemplificadora y acorde a una perspectiva en Derechos Humanos de las mujeres.
El pasado miércoles 6 de julio, nos enterábamos de la dolorosa noticia del Femicidio de Agostina Trigo. Desde el área de Género y Diversidad Sexual de Xumek, repudiamos el avasallamiento a la familia para conseguir datos que no podían ser confirmados en ese momento y la violencia mediática con que los medios de comunicación de Mendoza abordaron la noticia, con nulidad total de perspectiva de género.
Repudiamos las publicaciones, los titulares y la difusión que se dio del femicidio de Agostina con mensajes que sostienen patrones socioculturales reproductores de la desigualdad y generadores de violencia contra las mujeres.
A raíz del femicidio, familiares, amigues, organizaciones sociales y colectivos feministas se convocaron para movilizar el día miércoles en la tarde en el Poder Judicial de San Martín para reclamar justicia. Al finalizar, la Policía de la provincia avanzó reprimiendo y deteniendo a varias personas, entre ellas menores de edad. Esta situación fue aprovechada por diarios digitales, programas televisivos y radiales generando un show mediático y vandalizando a les manifestantes, dejando de lado las consignas de la movilización por Agostina.
Desde Xumek exigimos de manera urgente que trabajadores de los medios de comunicación y periodistas se formen de manera permanente en perspectiva de género.
En la actualidad existe un solo medio de comunicación de la provincia que cuenta con editora de género mientras que existen en Mendoza una gran cantidad de comunicadoras feministas buscando trabajo.
Según el Observatorio de Femicidios, Travesticidio y Transfemicidios en lo que va del año en Mendoza se han cometido 5 femicidios: María Aída Oliva, Marcela Elizabeth Granajo, Linda Suarez, Alicia Angélica Galetto y Agostina Trigo.
Exigimos justicia por ellas, y nos sumamos al grito de #BastaDeFemicidios #EstamosHartas #NiUnaMenos
El pasado 20 de junio hubo una audiencia pública en la que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (IDH) analizó la responsabilidad internacional de la República de Chile por violación del derecho a la libertad de expresión en relación con el derecho a vivir en un medio ambiente sano y a la información publica.
Por este caso, el abogado y defensor ambientalista Carlos Baraona Bray fue condenado por el delito de “injurias graves” luego de haber brindado una serie de entrevistas en las que declaró tener conocimiento de que un Senador de la república había ejercido presiones e influido para que las autoridades llevaran a cabo la tala ilícita del alerce, una especie de árbol milenario conservado en Chile.
Encontramos en este caso una gran oportunidad para brindar un aporte al Tribunal sobre la importancia de la protección del derecho a la libertad de expresión, específicamente de los defensores del medio ambiente, y cómo la falta del mismo interfiere en el acceso a la información pública de las personas que conviven en una sociedad. Además, se ponen de manifiesto hechos que no son ajenos a otros países de Latinoamérica en general y de la Argentina en particular. Así, podemos mencionar los casos de Patricia Álvarez de Figueroa, imputada por protestar contra la megaminería en Andalgalá (Catamarca, Argentina), Nora Moyano de la Asamblea por el Agua (Mendoza, Argentina); Wbeimar Cetina de Arauca (Colombia); Juan Julio Fernandez (Perú) y Berta Cáceres (Honduras).
Desde Xumek nos presentamos como amicus curiae en el Caso Baraona Bray porque creemos que no puede dejar de valorarse el rol fundamental de los defensores ambientales de informar a la comunidad sobre asuntos de carácter público cuando el Estado no lo hace. Valorar el activismo de estos actores requiere la toma de medidas efectivas y oportunas para hacer frente a la vulnerabilidad de este colectivo frente a manifestaciones reaccionarias.
Desde el 13 de junio de 2022, la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (CONAIE), la Confederación Nacional de Organizaciones Campesinas, Indígenas y Negras (FENOCIN) y el Consejo de Pueblos y Organizaciones Indígenas, Evangélicos del Ecuador (FEINE) convocaron a un paro nacional por tiempo indefinido, rechazando las medidas neoliberales del presidente Guillermo Lasso y exigiendo el cumplimiento urgente de diez reclamos:
la reducción y congelamiento del precio del combustible;
el refinanciamiento de deudas por un año para el sector agrícola;
el control en los precios de los productos para el campo;
la no precarización de la jornada laboral;
la revisión de los proyectos extractivistas (mineros);
el respeto de los derechos colectivos (como la educación bilingüe y la justicia indígena);
la no privatización de los sectores estratégicos;
el control de la especulación de precios;
un presupuesto digno para la salud y educación
y la generación de políticas públicas de seguridad.
Desde que comenzaron las movilizaciones, el Estado de Ecuador ha declarado estado de excepción, con un gran despliegue policial y militar. A través de sus fuerzas de seguridad regulares e irregulares, habría asesinado, torturado, abusado, perseguido, amenazado e intimidado a importantes sectores de la población civil.
La Misión Internacional de Solidaridad y Derechos Humanos
Se trata de la misma que trabajó recabando denuncias en Colombia, durante la represión de 2019 y en Bolivia durante el golpe de Estado que derrocó a Evo Morales. Sus objetivos en Ecuador serán acreditar, relevar y visibilizar la situación en el mismo territorio; elaborar un informe que tienda a visibilizar y denunciar a nivel nacional e internacional los hechos violatorios; y contribuir a la articulación en defensa de los derechos humanos en toda la región.
Para ello se recorrieron diferentes zonas en conflicto ante las reiteradas denuncias y los registros gráficos y audiovisuales que daban cuenta del aumento de cantidad de personas que habían muerto, sido heridas o detenidas arbitrariamente en manos de las fuerzas de seguridad y militares ecuatorianas. Para ello se pautaron entrevistas con organizaciones indígenas, sociales, políticas, sindicales, de mujeres, estudiantiles y ambientales para realizar un informe minucioso que dé cuenta de la situación
La misión está integrada por: Pablo Garciarena (XUMEK),María José Cano (ATE Nacional y CTA Autónoma); Claudia Rocca (Asociación Argentina de Juristas); Juan Grabois (Patria Grande y Dicasterio para el Servicio del Desarrollo Humano Integral del Vaticano); Nicolás Tauber Sanz (LIBERPUEBLO); Marianela Navarro (Frente de Organizaciones en Lucha); Alicia Montoya (Federación Argentina de Cartoneros, Carreros y Recicladores); Melisa Gargarello (FOL).
Esta misión constató, en un informe preliminar, los siguientes hechos:
Al menos 5 personas asesinadas a manos de las fuerzas policiales, con el uso irregular de armas de disuasión de forma letal. En los casos registrados, las personas fallecidas muestran heridas de gravedad producidas por disparos de perdigones e impactos de gases lacrimógenos a corta distancia y en zonas vitales del cuerpo. Dichas víctimas son Henry Quesada, Marcelino Villa, Wairon Watatuka, Franco Iñiguez, Jon Muenala.
Más de 132 detenidos de forma arbitraria por ejercer el derecho a la protesta. En muchos de estos casos dichas personas fueron imputadas luego por delitos tales como sabotaje, terrorismo o resistencia.
Secuestro, persecución y planificación de atentados en contra de la integridad de líderes y lideresas indígenas y sociales.
Violación al derecho a la protesta social.
Violación a las garantías judiciales y acceso a la justicia de los ciudadanos (no recepción de denuncias en fiscalías y no investigación de oficio de hechos de violencia policial, entre otros).
Negación de atención médica por las instituciones públicas de salud por motivos raciales y anti-indigenistas.
Violación a la integridad de las mujeres, evidenciando episodios de humillación, violencia verbal y simbólica.
Violación a los derechos de niños y niñas. Especialmente en el marco de la represión de las movilizaciones, en las cuales las comunidades indígenas participan junto a sus hijos e hijas.
Amenazas por parte de las fuerzas policiales al personal voluntario de salud en las zonas de paz.
Ataques reiterados a las zonas de paz y de resguardo humanitario, poniendo en grave peligro a miles de personas afectadas por gases lacrimógenos lanzados por parte de las fuerzas de seguridad durante la noche.
Ataques armados por parte de organizaciones civiles y fuerzas policiales, basadas en violencia racista y anti-indigenista.
Censura y bloqueo mediático de la información. Bloqueo del servicio de internet y redes sociales. Hackeo a cuentas personales de líderes y lideresas indígenas y sociales. Intervención en cuentas personales y redes sociales personales. Cese del servicio de redes móviles.
Asimismo, la Misión ha recolectado información y testimonios que dan cuenta de seis casos de desaparición de personas, de las cuales se desconoce su paradero y que se encontraban participando de las movilizaciones. Además, el Presidente Lasso anunció la criminalización de toda la dirigencia social, en franca violación al artículo 98 de la Constitución Nacional Ecuatoriana y la Normativa Internacional que contempla el derecho a la resistencia.
Podemos indicar el carácter de lesa humanidad de estos delitos, atento su carácter sistemático, generalizado y dirigido contra la población civil; y por lo tanto la procedencia de apertura de instancias jurisdiccionales universales.
Desde XUMEK exigimos al Estado Ecuatoriano que haga cesar los actos de violación de Derechos Humanos de su población y que se proceda a la apertura de todas las instancias jurisdiccionales, nacionales e internacionales necesarias para obtener la reparación integral del pueblo Ecuatoriano, a través de la Verdad y la Justicia.
Aquí podés ver la conferencia de prensa del pasado sábado 25 de junio de la Misión Internacional de Solidaridad y Derechos Humanos.
En el día internacional del testeo de VIH desde el área de Género y Diversidad Sexual de Xumek, nos hacemos eco de la Fundación Huesped de que “la única forma de saber si alguien tiene VIH es a través de test. Acceder de manera temprana es fundamental para que las personas puedan iniciar un tratamiento y llevar una buena calidad de vida”. Es por ello que creamos la siguiente guía de recursos, en donde se podrá encontrar información útil sobre los Centros de Prevención Asesoramiento y Testeos (CEPAT), los lugares donde entregan medicamento, como también diversas organizaciones de Mendoza que realizan acompañamiento a personas con VIH positivo y a la comunidad en general.
Asimismo, consideramos necesario que tengas esta información importante:
VIH Sida: infección producida por el Virus de la Inmunodeficiencia Humana (VIH) que daña las defensas que tiene nuestro cuerpo contra las enfermedades. Puede afectar a cualquier persona, que no tome las medidas preventivas adecuadas.
Diferencias entre Sida y VIH: El sida es una etapa avanzada de la infección causada por el VIH. Cuando las defensas están debilitadas por el virus, aparecen enfermedades oportunistas (infecciones o tumores), a esta etapa se la llama sida.
La forma correcta es hablar de transmisión y no de contagios.
¿Cómo se transmite?
– A través de la vía sexual: Contacto directo con semen o secreciones vaginales durante todo tipo de relación sexual (vaginal, oral, anal) con una persona con VIH. (Una sola relación sin preservativos es suficiente para infectarse).
– Por transmisión sanguínea: Cuando la sangre de un infectado por VIH se pone en contacto con la sangre de otra persona. Puede transmitirse al compartir agujas, jeringas, máquinas de afeitar o canutos.
– Por transmisión vertical: Las personas gestantes pueden transmitir el virus a su hijo/hija durante el embarazo, en el momento del parto o durante la lactancia.
¡Importante! Toda persona embarazada debe hacerse el test de VIH en cada uno de los trimestres del embarazo. En el caso de que la persona dé positivo, tomando la medicación a tiempo el bebe puede nacer vih-negativo.
¿Cómo no se transmite? Está demostrado científicamente que no se transmite VIH por abrazar, besar, compartir vasos y cubiertos, tomar mate o intercambiar ropa. Tampoco por compartir el lugar de trabajo o salón de clase, dormir en la misma cama o utilizar el mismo baño o pileta. Los insectos no lo transmiten.
¿Por qué es importante Testearse para VIH? Un diagnóstico temprano del VIH permite iniciar el tratamiento para controlar la infección y evitar el desarrollo del sida, y además te brinda mayores posibilidades de mantener tu calidad de vida actual.
Las muertes por VIH son evitables: realizando el test, los tratamientos y tomando las medidas preventivas correspondientes.